Se trata del protocolo sobre los derechos de las personas con discapacidad y el relativo, en igual sentido, a los adultos mayores, ambos contenidos en la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos.
Los instrumentos de ratificación de los dos documentos fueron depositados ante la Unión Africana (UA) por el embajador Francisco José da Cruz, en la sede de la organización en Adís Abeba, la capital de Etiopía, precisó una nota de prensa difundida aquí por el Mirex.
Al formalizar el trámite, el representante permanente de Angola ante la UA señaló de la decisión expresa la responsabilidad del Estado con la creación de condiciones jurídicas y materiales para asegurar la plena afirmación de la ciudadanía y la adopción de medidas que garanticen la eliminación de cualquier tipo de discriminación y asimetrías
En términos de protección a la vejez, el diplomático distinguió que el propósito común es eliminar estereotipos culturales que marginan a los individuos de la tercera edad, así como de asegurar las pensiones por jubilación laboral y otras prestaciones de la seguridad social.
El protocolo de la UA sobre los derechos de las personas con discapacidad también establece que los Estados miembros deben aplicar disposiciones de carácter político, legislativo, administrativo, institucional y presupuestario para garantizar tales prerrogativas, recordó.
Dentro del alcance de sus disposiciones específicas, la Carta Africana estipula en el artículo 18 que «los ancianos y las personas con discapacidad tienen derecho a medidas especiales de protección, de acuerdo con sus necesidades físicas y morales».
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