El excomandante de Institutos Militares Santiago Omar Riveros y los integrantes del Batallón de Aviación 601 Luis del Valle, Delsis Ángel Malacalza y Eduardo Lance, fueron sentenciados por su responsabilidad en el secuestro, tortura y asesinato de cuatro ciudadanos.
Las víctimas son los estudiantes Juan Carlos Rosace y Adrián Accrescinbeni, el militante del Partido Revolucionario de los Trabajadores Roberto Arancibia y Rosa Eugenia Novillo, quien estaba embarazada y también era miembro de esa organización.
Tras un proceso de casi dos años, la condena adquiere relevancia pues reconoce el empleo de aviones del Ejército en los vuelos de la muerte desde el Campo de Mayo, uno de los principales centros de extermino durante la dictadura.
Miles de personas fueron llevadas por miembros del régimen a esa instalación y muchas de ellas fueron drogadas y lanzadas al Río de la Plata o al mar para evitar que fueran hallados sus cuerpos.
Dichos actos son considerados delitos de lesa humanidad y las investigaciones sobre los mismos continúan en la actualidad.
El Tribunal ordenó a un equipo médico determinar si las condiciones de salud de los condenados les permite cumplir la pena en una cárcel común.
Además, solicitó al Ministerio de Justicia incorporarlos al programa de vigilancia electrónica y colocarles dispositivos de geolocalización.
Según la Secretaría de Derechos Humanos, se trata del primer juicio sobre la implicación directa del Ejército en los vuelos y durante el debate se pudo probar, a través de testimonios, el funcionamiento de la maquinaria utilizada para desaparecer y eliminar a miles de ciudadanos.
En el caso de Riveros, es la decimosexta sentencia a cadena perpetua que recibe por su papel en los crímenes perpetrados en aquellos años.
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