Se trata de una instancia creada en el Acuerdo Final de Paz que apoyará al Tribunal para la Paz en las tareas de verificación de las condiciones para la ejecución y cumplimiento de las sanciones aplicadas a los comparecientes de los distintos casos ante la JEP.
De acuerdo con la JEP, de los tres tipos de sanciones que impondrá (propias o restaurativas) son las únicas que no conducen a la cárcel.
No obstante, implican la restricción efectiva de libertades y derechos y el cumplimiento de trabajos obras y actividades con contenido reparador y restaurador que deben ser monitoreados y verificados para garantizar su efectivo cumplimiento.
«Estas sanciones tendrán una duración máxima de ocho años», puntualizó la JEP al explicar además, que el Mecanismo formalizado hoy, facilitará la articulación a nivel nacional, regional y local de tres componentes independientes y autónomos.
Cada componente se da en el ámbito de sus competencias, que buscan garantizar el cumplimiento de las condiciones para la implementación de esta clase de sanciones con los más altos estándares reparadores y restauradores.
Estos componentes son la Sección de Primera Instancia para casos de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad, la Secretaría Ejecutiva de la JEP y la Misión de Verificación de la ONU.
El Mecanismo tiene entre sus funciones intercambiar información en el marco del monitoreo y verificación de las sanciones, articular sus acciones con actores externos nacionales, territoriales e internacionales relacionados con el monitoreo, así como con las autoridades gubernamentales e instituciones representativas de las comunidades.
También, articular acciones con las autoridades tradicionales o instituciones representativas de los pueblos indígenas, negros, afrocolombianos, raizales, palenqueros, Rrom, así como prevenir dificultades e identificar los desafíos de la implementación de las sanciones.
La Sección de Primera Instancia para casos de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad de la JEP impone la sanción propia, además monitorea y verifica el cumplimento de la misma.
Por su parte, la Secretaría Ejecutiva de la JEP desempeña un rol técnico y administrativo en el proceso de monitoreo, recaudo de información, documentación y certificación que soporta la labor judicial del cumplimiento de la sanción.
La Misión de Verificación de la ONU, tiene el mandato de verificar que las personas sancionadas cumplan las ordenanzas y que el Estado establezca las condiciones necesarias para ello.
En conjunto, buscan contribuir al éxito y a la legitimidad del sistema de justicia transicional restaurativo, a la efectividad de la reparación de las víctimas y de las comunidades afectadas, así como a la seguridad jurídica del compareciente.
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