Cualquier decisión que tome el máximo tribunal, sea a favor o en contra de la ley, se requerirá el voto de al menos ocho magistrados para declarar inconstitucional esa medida cautelar.
En caso de que la Corte adopte esa decisión contraria al criterio del Ejecutivo, sus efectos no implicarán la liberación inmediata de quienes estén sujetos a esa modalidad de privación de la libertad, según el proyecto del ministro Luis María Aguilar.
La propuesta es anular la aplicación de la parte del artículo 19 de la Constitución que permite imponer ese tipo de prisión en una veintena de delitos, que van desde el abuso sexual a menores hasta el atentado contra la seguridad de la nación.
En ese caso quedarían inválidas fracciones del artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales, así como del 2 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, que autorizan esa medida precautoria.
Aún en el caso de que ese sea el sentido del acuerdo de la corte, los efectos del fallo no serán generales ni inmediatos.
La procedencia de la prisión preventiva oficiosa corresponderá a los operadores jurídicos competentes decidir y resolver en cada caso concreto, sujeto a su conocimiento, señaló el proyecto de Aguilar.
El asunto desató diversas reacciones y mientras colegios de abogados y organizaciones de la sociedad civil están a favor de desaparecer la prisión preventiva oficiosa, funcionarios y activistas contra el crimen organizado están por mantenerla.
Por su parte, el subsecretario de Seguridad Pública, Ricardo Mejía, advirtió que eliminar la medida cautelar generaría una gran impunidad.
El activista Adrián LeBarón hizo un llamado a la Corte Suprema a favor de mantenerla y pidió a los magistrados antes de decidir liberar criminales, pensar en las víctimas.
Si los sicarios de mi hija y mis nietos pudieran llevar su proceso en libertad, ya hubieran ocupado su «presunción de inocencia» para matar más personas, incinerar personas y sembrar más dolor, expresó el hombre a quien el crimen organizado acabó con su familia.
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