Fue un fallo de la jueza María Elena Emmenengger, que respondió a un recurso de amparo presentado por la Sociedad Uruguaya de Tabacología (SUT).
Según la SUT, el decreto gubernamental, que responde a pedidos de una empresa tabacalera, resulta violatorio y regresivo en la protección de derechos fundamentales de niños y adolescentes.
El reclamo toma en cuenta una legislación de protección al medio ambiente, libre de humo de tabacos y su consumo, y un decreto sobre el empaquetado y etiquetado neutro de todos los productos de tabaco y cigarros.
La sentencia respondió parcialmente al recurso de amparo, pues aunque la magistrada suspendió el decreto, también consignó no tener potestades para «obligar al Poder Ejecutivo a reglamentar una ley”.
El decreto, firmado por el presidente Luis Lacalle Pou, propuesto por el Ministerio de Industria, Energía y Minería y avalado por el Consejo de Ministros, generó polémica desde su publicación, a principios de septiembre.
La normativa permite la venta de cajilla blanda y el uso de distintos elementos distintivos en los cigarrillos, un reclamo de la tabacalera Monte Paz.
El fallo de la jueza ordena «la inmediata suspensión de la ejecución del acto administrativo hasta tanto el Tribunal de lo Contencioso Administrativo dicte sentencia”.
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