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Remiten al Tribunal para la Paz a exsecretariado de extintas FARC-EP

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Bogotá, 25 nov (Prensa Latina) La Sala de Reconocimiento de Verdad de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) expidió hoy la primera Resolución de Conclusiones del Caso 01 sobre secuestros llevados a cabo por las extintas FARC-EP en Colombia.

La Sala de Reconocimiento concluyó que los comparecientes Rodrigo Londoño, Jaime Alberto Parra, Milton De Jesús Toncel, Pablo Catatumbo, Pastor Alape, Julián Gallo y Rodrigo Granda Escobar, miembros del último secretariado de las FARC-EP aceptaron su responsabilidad en los hechos descritos en el caso denominado Toma de rehenes, graves privaciones de la libertad y otros crímenes concurrentes cometidos por las FARC-EP.

La JEP señaló que en la audiencia de reconocimiento, realizada en junio de 2022, ante las víctimas, la Jurisdicción y el país, los siete comparecientes asumieron de manera individual y colectiva su responsabilidad como coautores de toma de rehenes, graves privaciones de la libertad, y homicidios.

También admitieronla responsabilidad de mando de cada uno, según su trayectoria de mando, por los crímenes de guerra de torturas, tratos crueles y otros tratos inhumanos, atentados a la dignidad personal, violencia sexual y desplazamiento forzado realizados por las Farc-EP contra los secuestrados.

«La Sala estableció que los componentes fáctico, jurídico y restaurativo del reconocimiento hecho por los comparecientes fueron suficientes para remitir a la Sección de Primera Instancia para Casos de Reconocimiento de Verdad del Tribunal para la Paz», añadió la JEP en rueda de prensa.

En tal sentido, sugirió para seis de los comparecientes la máxima sanción que permite la norma, de ocho años; y de cinco años para Rodrigo Granda, que no tuvo mando sobre la tropa por las funciones que cumplía, y como tal no tenía responsabilidad de mando.

Agregó que la Sección deberá evaluar cuáles serán las sanciones que impondrá a los siete exintegrantes del antiguo secretariado de las FARC-EP y definir tanto su contenido reparador y restaurador como su contenido de restricción no carcelaria de libertades y derechos.

Explicó que la Sala aprobó los proyectos restaurativos-reparadores presentados por los comparecientes a saber: trabajos de desminado humanitario, búsqueda de personas dadas por desaparecidas, restauración ambiental del páramo de Sumapaz, y actividades transversales de dignificación de la memoria de las víctimas.

Asimismo, sistematizó 285 propuestas hechas por las víctimas directamente o a través de sus representantes, incluida la expuesta por la Procuraduría General de la Nación en un Banco de Proyectos de conocimiento de los comparecientes.

La Sala llamó la atención del Tribunal para la Paz sobre el reto de materializar el componente reparador-restaurador de la sanción propia en el contexto de una ausencia de oferta institucional.

La Sección con Reconocimiento del Tribunal de Paz tiene un término legal de seis meses para hacer un juicio de correspondencia entre las imputaciones, el reconocimiento y las sanciones presentadas por la Sala.

Podrá escuchar a las víctimas y sus representantes así como a los comparecientes y al finalizar el juicio adoptará una sentencia. 

mgt/otf

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