De acuerdo con un comunicado de la cancillería, durante una semana ambos países presentaron sus argumentos orales ante los jueces de la Corte Internacional de Justicia (CIJ), con sede en La Haya.
Durante la ronda de cierre, Colombia solicitó a la Corte que juzgue y declare que, según el derecho internacional consuetudinario, el derecho de un Estado a una plataforma continental más allá de las 200 millas náuticas desde las líneas de base a partir de las cuales se mide la anchura de su mar territorial no puede extenderse dentro de las 200 millas náuticas desde las líneas de base de otro Estado.
También señaló, entre otros aspectos, que los párrafos del 2 al 6 del artículo 76 de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar no reflejan el derecho internacional consuetudinario.
Colombia rechazó la solicitud de Nicaragua de delimitación de la plataforma continental más allá de las 200 millas marinas de su costa.
Por tanto, rechazó la solicitud de Nicaragua para fijar un calendario para escuchar y decidir sobre todas las solicitudes pendientes en los escritos de Nicaragua.
El equipo de defensa de Colombia presentó sus argumentos con todo el rigor jurídico posible, con un equipo de juristas, expertos y científicos, con apoyo permanente por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores y la Armada Nacional, señaló la cancillería.
Estos procesos entre los dos países ante la CIJ están divididos dos fases, y ya entre 2016 y 2018 se desarrolló la etapa escrita del caso, y esta semana se desarrolló la oral.
El diferendo entre Colombia y Nicaragua por los límites marítimos es de larga data, incluso se remontan a la época colonial cuando el territorio insular del archipiélago de San Andrés y Santa Catalina estaba bajo el dominio y control de la Capitanía General de Guatemala de la Corona Española.
El 6 de diciembre del 2001, Nicaragua demandó oficialmente a Colombia ante la CIJ y, sobre esas demandas, el tribunal internacional emitió su primer fallo en 2007, mediante el cual reconoce la soberanía de Colombia sobre San Andrés, Providencia y Santa Catalina y la declara competente para decidir sobre la soberanía sobre todas las demás islas, islotes y cayos del archipiélago de San Andrés.
El segundo fallo fue en el año 2012, cuando la CIJ le confirió a Nicaragua la pretensión de una plataforma continental extendida superior a las 200 millas de mar territorial.
La Corte entró a definir la nueva frontera marítima entre las dos naciones y totalmente diferente a la frontera del meridiano 82 establecida y definió una nueva área de territorio marítimo para Nicaragua superior a 75 mil kilómetros cuadrados.
LA CIJ concluyó en esa ocasión, que había que definir el acceso equitativo a los recursos naturales (petróleo y pesca) del mar Caribe y que existía una desproporcionada repartición de las áreas marítimas entre las dos naciones.
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