De acuerdo con la norma, en el caso de los eventos internos de los partidos políticos disponen de 60 días para escoger a sus candidatos y el lapso concluye el jueves anterior a la fecha de las primarias.
Para los candidatos por libre postulación la etapa inicia el 1 de junio de 2023 y cierra el domingo 30 de julio del este mismo año.
Los aspirantes independientes a un cargo de elección popular, también deben abstenerse de recoger firmas de apoyo en centros religiosos, bares, cantinas y cualquier otro lugar de expendio y consumo de bebidas alcohólicas, exceptuando los restaurantes.
Entre los escenarios, la medida restrictiva incluye además a inmuebles particulares, sin previa autorización de sus dueños, administradores u ocupantes y en oficinas públicas, excepto las del TE.
Fuera de los periodos de campaña, es decir dentro de la llamada veda electoral, queda prohibido la difusión de propaganda-, pagada o donada- a favor o en contra de ciudadanos o partidos, al igual que las caravanas y concentraciones con el propósito de promover a determinado aspirante.
Según el TE, quienes violen la disposición, serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en el artículo 575 del Código Electoral.
En Panamá la veda electoral es el término que se utiliza para el período de bloqueo o silencio de campaña para quienes participan en puestos políticos durante el tiempo de escogencia a nivel nacional.
Este proceso es fiscalizado por el TE, ente encargado que establece la prohibición de las campañas políticas o la cobertura mediática de una elección general, antes o durante los comicios.
La veda establece además que los servidores públicos no pueden valerse de su autoridad para que sus subalternos realicen actividades en beneficio o en contra de determinados candidatos o partidos políticos.
También está prohibido colocar propaganda electoral incluyendo banderas o carteles y cualquier otro tipo de anuncio en apoyo a un candidato, a menos de 50 metros de los centros de votación.
No se podrá repartir propaganda impresa ni artículos promocionales; y los medios de comunicación tampoco podrán difundir propaganda electoral a favor o en contra de ningún partido o candidato.
Desde el pasado 1 de junio y hasta el 30 de septiembre del próximo año, las agencias de publicidad podrán registrarse en el TE si desean proveer a los candidatos y partidos políticos, de sus servicios de propaganda electoral.
El 5 de mayo de 2024, los panameños decidirán en las urnas al nuevo presidente y vicepresidente del país, 20 diputados al Parlamento Centroamericano, 71 diputados a la Asamblea Nacional, 81 alcaldes, 701 representantes de corregimiento y 11 concejales, todos con sus respectivos suplentes, para el período del 1 de julio de 2024 al 30 de junio de 2029.
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