El artículo 29, adoptado este jueves, establece la obligatoriedad de la participación en los comicios y referendos, donde el sufragio será personal, igualitario y secreto.
La ley establecerá las sanciones por el incumplimiento de este deber, precisó la comisión.
Solo será voluntaria la votación para las primarias, es decir, las convocadas por los partidos políticos para la nominación de candidatos a cargos de elección popular.
El anteproyecto preparado por los 24 expertos será presentado al Consejo Constitucional que se instalará el 7 de junio.
Esa última instancia, de 51 miembros, discutirá y aprobará el texto definitivo de ley fundamental que será sometido a referendo el 17 de diciembre.
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