El máximo tribunal determinó que la Comisión Reguladora de Energía (CRE) es la única instancia facultada para regular los asuntos relacionados con la venta de hidrocarburos.
Consideró legal que se puedan establecer medidas que impidan que Pemex tenga preeminencia en las ventas de primera mano de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, así como en la comercialización que realicen personas controladas por la paraestatal o sus subsidiarios.
La Segunda Sala de la SCJN consideró que el objetivo principal de lo que denominó regulación asimétrica, es generar un nuevo modelo donde participen diversos competidores en la industria de hidrocarburos, evitando regresar al monopolio vertical a cargo del Estado.
En palabras más simples, recorta las atribuciones de la empresa productora estatal en favor de privados y pone cortapisas a la renacionalización petrolera.
De esa manera la Segunda Sala de la SCJN consideró inconstitucional que el Congreso de la Unión haya eliminado la facultad de la CRE para imponer medidas asimétricas a Pemex, pues sin esos controles se generarían desequilibrios en el mercado de hidrocarburos en el país.
Los magistrados pusieron por encima del Poder Legislativo las facultades de una institución cuestionada por sus relaciones con empresas privadas beneficiadas por gobiernos anteriores que trataron de eliminar a Pemex.
En su resolución los ministros Luis María Aguilar, Alberto Pérez Dayán y Javier Laynez Potisek votaron a favor de la sentencia en contra de Pemex, al oponerse a “dejar sin efectos las atribuciones de la CRE para establecer medidas asimétricas”, como aprobó el Congreso.
Los magistrados argumentaron que ello “conlleva restringir a futuro cualquier posibilidad de establecerlas nuevamente para el caso de que vuelvan a ser necesarias. Por ejemplo, si Pemex o cualquier otra empresa controlada por éste dentro del mercado volviese a tener un poder determinante”.
En contra del proyecto votaron las ministras Yazmín Esquivel Mossa y Loretta Ortiz, pero por mayoría se aprobó esta resolución que devuelve la facultad a la CRE para “equilibrar” supuestamente el rol en esas ventas, del sector privado y el público.
La SCJN está dominada por magistrados que adversan al gobierno en una proporción de 8-3, incluida su presidenta Norma Piña, quienes, según el Ejecutivo, actúan por encima de los otros dos poderes del Estado.
En este caso, los ministros aprobaron que, “con independencia de las atribuciones que se confieren al Congreso de la Unión para legislar en materia de hidrocarburos, la CRE es la única autoridad competente para regular todos los aspectos relacionados con la venta» de hidrocarburos y sus productos.
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