La iniciativa busca establecer un sistema de gestión, control y mantenimiento de los bienes decomisados o dejados en el curso de un proceso penal o de extinción de dominio, así como su destino final en los casos que se disponga su confiscación mediante sentencia definitiva.
Para lo anterior, la referida ley crea el Instituto Nacional de Custodia y Administración de Bienes Incautados, Decomisados y en Extinción de Dominio adscrito al Ministerio de Hacienda.
La nueva entidad tendría personalidad jurídica, con autonomía administrativa, financiera y técnica, adscrita al Ministerio de Hacienda como órgano responsable de la conducción y destino de los bienes incautados, decomisados, abandonados o en extinción de dominio.
Entre los aspectos que instituye el proyecto de ley figura el arrendamiento o alquiler de bienes expropiados, lo cual podrá realizar el creado Instituto con terceros a precios similares a los del mercado.
En otro de sus artículos establece que la entidad encargada de la administración está facultada para vender los patrimonios sin necesidad de esperar una sentencia definitiva de decomiso.
El proyecto presentado por el senador Félix Bautista, aprobado en primera lectura, fue replanteado con una pieza similar por el diputado Juan Dionisio Rodríguez, de ahí que en la segunda discusión pudieran surgir modificaciones.
De ser así, debe volver al Senado de la República, pero de ser aprobada sin cambios se convertiría en ley.
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