En un comunicado de la Presidencia de México se indica que ayer la Primera Sala de la SCJN resolvió por mayoría una controversia constitucional en la cual determinó que el fiscal general del estado de Morelos no puede ser procesado por la presunta comisión de delitos federales porque cuenta con inmunidad.
Consideramos que existen elementos suficientes para señalar la falta de probidad y la actuación por demás sospechosa del fiscal de Morelos durante el tiempo que ha permanecido en su cargo, lo que ha generado un ambiente de impunidad y desgobierno en esa entidad, dice la denuncia del Ejecutivo.
Nos llama la atención, agrega, que el pasado 5 de julio la Fiscalía General de la República (FGR) solicitó al Poder Judicial Federal se fijara la fecha de audiencia para imputación y vinculación a proceso de Uriel C. y que, una semana después, la SCJN resolvió una controversia admitida hace 20 meses para concluir que el fiscal de Morelos goza de fuero constitucional y no puede ser sometido al imperio de la justicia.
Resulta igualmente atípica, acusa, la actuación del juez de control a cargo de la causa que, tras ocho días, sigue sin atender la solicitud de la FGR de fijar fecha y ordenar la comparecencia del fiscal de Morelos a la audiencia inicial.
No obstante, como la propia SCJN reconoce en su resolución, el fuero constitucional del fiscal general de Morelos solo es aplicable para el caso de delitos federales, en términos de la Constitución, y no así de delitos del fuero común.
Tal es el caso de las carpetas de investigación atraídas por la FGR en su contra por la posible comisión de delitos contra la procuración y administración de justicia previstos en el Código Penal, refiere la nota.
La Constitución Política de Morelos, recuerda el Ejecutivo, dispone en su artículo 136 que, para proceder penalmente en contra del fiscal general del estado, no se requiere que el Congreso local emita un pronunciamiento al respecto.
Eso significa que la FGR tiene facultades de investigar y perseguir delitos del fuero común en contra del fiscal de Morelos, quien no puede escudarse en dicho fuero para estos casos, como tampoco puede el juez de control ignorar su obligación de proceder conforme a derecho.
No aceptamos, afirma finalmente la Presidencia de la República, que impere la protección y la impunidad de las autoridades responsables de impartir justicia cuando está de por medio la seguridad y la protección de las y los ciudadanos.
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