En una sentencia divulgada aquí, el máximo órgano judicial admitió el recurso de amparo contra esos sufragios, presentado por el ciudadano José Brito, quien interpuso un “recurso contencioso electoral con amparo cautelar” contra los actos inconstitucionales e ilegales de dicha Comisión
La sentencia tomó la decisión de suspender el proceso y ordenó a la CNP remitir al Tribunal Supremo los antecedentes administrativos, contentivos de las 25 fases que deben regir al proceso electoral, desde la convocatoria y su constitución como comisión electoral.
Ello contempla el envío del cronograma electoral y su registro “con sus lapsos de impugnación y depuración, postulaciones con sus lapsos de impugnación y depuración, incluyendo el acta de aceptación de la postulación, formulada por la ciudadana “inhabilitada de manera firme por 15 años”, María Corina Machado.
Así como las renuncias del ciudadano Henrique Capriles, “inhabilitado de manera firme por 15 años”, Freddy Superlano, “inhabilitado de manera firme por siete años, y las de cualquier otro ciudadano o ciudadana que haya decidido renunciar a su candidatura.
De igual manera, el órgano judicial solicitó las actas de las elecciones del 22 de octubre, incluidas las de constitución de las mesas electorales, los cuadernos y papeletas de votación, las de escrutinios, y las actas de totalización regionales, totalización definitiva, de adjudicación y la de proclamación.
El Tribunal Supremo demandó también a la CNP remitir un informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, el cual indique el mecanismo empleado para el resguardo del material electoral y el lugar destinado a tal efecto.
La sentencia ordenó la notificación al fiscal general de la República, Tarek William Saab, sobre las múltiples y graves denuncias relacionadas con los comicios primarios, formuladas Brito, otros representantes de los Poderes Públicos del Estado venezolano y por actores políticos.
Subrayó que los hechos descritos pudiesen “configurar la presunta comisión de delitos” contra la Constitución, la “presunta comisión de ilícitos electorales y la presunta comisión delitos comunes”.
Entre los delitos cometidos por la CNP, Saab mencionó días atrás la usurpación de funciones y de identidad, al utilizar los nombres y apellidos de personas que no asistieron a sufragar y legitimación de capitales, dado que se desconoce la procedencia de los fondos, quién los otorgó y los libros con su entrada.
También añadió la asociación para delinquir porque fueron varias las personas que se unieron para cometer estos delitos.
mgt/jcd