Desde el próximo sábado 16 de diciembre comenzará a regir el periodo de veda publicitaria conocido como tregua navideña, que se extenderá hasta el 1 de enero de 2024, recuerdan.
El artículo 136 del Código Electoral, señaló que durante esos días está prohibido difundir propaganda política en medios de comunicación colectiva, es decir, no se podrán publicar espacios pagados en prensa escrita, radio, televisión e Internet.
En relación con la difusión de propaganda por la red, el TSE aclaró que la restricción se circunscribe a espacios pagados, como por ejemplo los banners o publicidad contratada en perfiles de los partidos políticos o de sus candidaturas.
detalla el TSE que sí está permitido en la tregua navideña realizar debates, entrevistas, programas de opinión, volanteo y perifoneo. Por el contrario, el artículo 137 del Código Electoral establece que, durante el periodo mencionado de veda, las agrupaciones políticas no podrán celebrar reuniones o mítines en lugares públicos.
El incumplimiento de estas disposiciones está sancionado con multas que, según el tipo de falta, pueden llegar hasta los ¢23 millones, según lo estipulan los artículos 286 y 289 de la citada normativa.
De esta manera los plazos establecidos en el calendario electoral mientras 77 agrupaciones se alistan para disputar por los seis mil 212 puestos municipales en los 84 cantones del país, aunque algunas agrupaciones aún no tienen certeza de poder participar, como Aquí Costa Rica Manda, afín al presidente Rodrigo Chaves.
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