Una ordenanza firmada por el titular de Salud, Roberto Speranza, prevé la obligación de portar el dispositivo de protección de las vías respiratorias del tipo FFP2, hasta el 15 de junio, en medios de transporte público y escolar.
La disposición incluye también a los espectáculos abiertos al público realizados en locales cerrados como salas de teatro, cine y concierto, sitios de entretenimiento y música en vivo, así como competencias y eventos deportivos.
La ordenanza ministerial establece el uso, de ese u otro tipo de mascarillas de protección de las vías respiratorias, en los casos de trabajadores, usuarios y visitantes de instituciones sanitarias y socio-sanitarias, al tiempo que recomienda su empleo en todos los lugares cerrados, públicos o de acceso al público.
Una medida similar fue adoptada anteriormente para los centros docentes hasta el final del actual curso escolar, mientras otra ordenanza dispuso hoy la extensión de las regulaciones sanitarias para viajeros procedentes del exterior, de las cuales se excluirá el “formulario localizador del pasajero”, a partir del 1 de mayo.
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