En mayo, Quintero fue suspendido de sus funciones en el contexto de la campaña electoral por supuestamente participar en política a favor de Gustavo Petro, hoy presidente electo, algo que prohíbe la ley en este país para los funcionarios públicos.
La medida fue ampliamente criticada porque buena parte de los ciudadanos en el país consideraron exagerada y sin argumentos la posición de la Procuraduría.
De tal forma que miles de personas en un acto público manifestaron su rechazo al actuar de la entidad y expresaron su respaldo al alcalde que goza de gran popularidad.
En un boletín, la Procuraduría manifestó que «tal como lo señaló la Procuradora General de la Nación, Margarita Cabello Blanco, el pasado domingo 19 de junio por la mañana, el ente de control levantó la suspensión provisional impuesta al alcalde de Medellín (Antioquia), Daniel Quintero Calle».
Luego de ejercer su derecho al voto, en diálogo con los medios de comunicación la jefa del Ministerio Público aseguró que inmediatamente termine el proceso electoral, finalizan los elementos que motivaron la suspensión, pero la investigación sigue.
Sin embargo, dijo, el señor Quintero Calle seguirá vinculado al proceso de investigación, como sucede con los alcaldes de Ibagué (Tolima), de San Juan Nepomuceno (Bolívar) y de Timaná (Huila); a quienes la Procuraduría les suspendió provisionalmente y les levantó esta medida el pasado 31 de mayo, una vez concluyó la primera vuelta presidencial.
Señaló que la Ley 2094 de 2021 reviste de facultades jurisdiccionales a la Procuraduría General de la Nación para disciplinar a los servidores públicos, incluidos los de elección popular, y reitera la competencia de esta entidad de suspenderlos de manera provisional cuando se cumplan las causales descritas en la Ley.
Tras la suspensión de Quintero, el presidente de Colombia, Iván Duque, designó a Juan Camilo Restrepo, actual comisionado de paz, como alcalde encargado.
En tal sentido, expertos en el ordenamiento colombiano manifestaron que con esa designación el gobernante violó la ley 1617 de 2013, que define el procedimiento para los distritos especiales en Colombia, entre los que está Medellín.
Según lo establecido por la normativa, el sustituto de Quintero «deberá escoger a un ciudadano que pertenezca al mismo partido o movimiento político del titular, según el procedimiento que establezca la ley» y Restrepo Gómez no forma parte del Movimiento Independientes, grupo ciudadano por el que el actual alcalde fue elegido.
Más tarde, fue revertida esa decisión del mandatario y fue presentada la terna por el Movimiento Independientes y se eligió a Jennifer Andree Uribe para ocupar el encargo mientras se resolvía la suspensión de Quintero.
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