“El primero de diciembre, no importa lo que suceda, LUMA estará rindiendo servicio en Puerto Rico”, sostuvo el mandatario boricua, previo a viajar a Washington para impulsar su política anexionista junto a otros miembros del Partido Nuevo Progresista (PNP), que preside.
El actual contrato suplementario de la corporación canadiense-estadounidense para la distribución y transmisión de electricidad expira el 30 de noviembre, cuando se esperaba ya estuviese negociada la deuda de la estatal Autoridad de Energía Eléctrica (AEE).
Pierluisi explicó que al no completarse el proceso de reorganización de la deuda pública de la AEE, resultó imposible rubricar el acuerdo a 15 años contemplado originalmente, por lo que está en manos del consorcio norteamericano el curso a seguir.
Diversos sectores han propuesto que se aproveche esta circunstancia para dar por terminada la presencia de LUMA, incapaz de superar las deficiencias del sistema eléctrico, pese a embolsarse millones de dólares y haber impuesto en el último año siete incrementos en la factura.
“Ese acuerdo se firma cuando ya teníamos ese proceso en curso y con miras a que estaría terminado el 30 de noviembre. Si ese acuerdo expira por sus propios términos entonces comienza a aplicar el contrato base, el contrato de 15 años de LUMA”, sostuvo Pierluisi.
Aclaró que el acuerdo base no ha comenzado en ciertas áreas porque de ese modo lo dispone el contrato suplementario, al que no cree se otorgue una extensión.
“Ese acuerdo se firma cuando ya teníamos ese proceso en curso y con miras a que ya estaría culminado para el 30 de noviembre y si expira por sus propios términos, entonces comienza a aplicar el contrato base, el contrato de 15 años de LUMA”, apuntó el gobernante.
Pierluisi vislumbra dos escenarios: uno es que llegado el primero de diciembre, LUMA continúa rindiendo servicios, pero conforme a los términos del contrato base, incluyendo los que se pusieron en suspenso o se modificaron por vía de ese acuerdo suplementario.
El otro escenario, es que LUMA opte por solicitar la cancelación del contrato, porque no se cumplió una condición resolutoria que tiene el contrato base, de culminar el proceso de la quiebra del Título 3 de la Ley Promesa, impuesta por Washington para la bancarrota de esta isla.
“Si LUMA decide no continuar rindiendo servicios bajo el contrato, lo que sucede es que entonces inmediatamente entran en un proceso de transición y esa condición se incluye a solicitud de LUMA, porque obviamente le inquietaba la quiebra”, detalló Pierluisi.
Sostuvo que si se produjera un proceso de transición, duraría el tiempo que le tomaría a la Autoridad de las Alianzas Público Privadas llevar a cabo otro proceso para identificar, seleccionar y contratar a un sustituto para LUMA Energy.
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