La medida, publicada en el Boletín Oficial bajo el Decreto 316/2021, lleva la firma del presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete Santiago Cafiero y el ministro de Defensa Agustín Rossi, y establece pautas de procedimientos para regular su implementación tras su promulgación el 12 de marzo pasado.
Impulsado por el Poder Ejecutivo, la ley beneficia a los familiares de los 44 oficiales fallecidos en el submarino, quienes tendrán 365 días para reclamar el beneficio, que será entregado a los hijos, progenitores, cónyuges o convivientes, según corresponda.
A ella podrán acceder los hijos e hijas por partes iguales; a falta de hijos o hijas, los progenitores y las progenitoras por partes iguales; el o la cónyuge supérstite, siempre que no se hubiera encontrado separado o separada de hecho al día de la desaparición o muerte; y el o la conviviente supérstite.
El proyecto fue aprobado tres años después del hundimiento del sumergible, que yace a 907 metros de profundidad en el Atlántico Sur, cuyo contacto se perdió el 15 de noviembre de 2017 cuando regresaba desde la distante ciudad patagónica de Ushuaia a su apostadero de Mar del Plata.
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