La desescalada, que se extenderá hasta el domingo 4 de julio, se produce en momentos en que han caído los contagios por Covid-19, después de 14 meses de una profunda crisis con mayores restricciones.
El relajamiento de las restricciones beneficiará a las personas vacunadas, además de permitirse mayor apertura en ciertos establecimientos comerciales, cuya ocupación se amplía a un 75 por ciento, la máxima del lugar en las operaciones privadas, como restaurantes.
De igual manera, se permite la apertura de bares, discotecas y salones de juego en un 50 por ciento de presencia, respecto al total de su capacidad.
Los bares al aire libre no tienen límite de público, pero se deberá mantener el distanciamiento físico de seis pies (casi dos metros) entre personas que no sean de la misma unidad familiar y se amplía a un 50 por ciento la ocupación máxima de la capacidad total en los coliseos.
‘Continuamos combatiendo la pandemia de Covid-19 aunque estamos en mucha mejor posición, por lo que las medidas que hemos tomado para protegernos, con énfasis en la vacunación, han permitido que los indicadores sigan bajando y al fin estamos viendo las tasas de positividad más bajas’, expuso el gobernante puertorriqueño.
Las hospitalizaciones por la pandemia están en solo 91 personas, una reducción considerable, de las cuales 60 son adultas y 31 en edades pediátricas.
La pandemia arrojó hasta el momento un balance de dos mil 519 muertes, la más reciente de una menor de 13 años.
La nueva normativa establece, además, que las personas vacunadas no tienen que hacer cuarentena al entrar en contacto con alguien con Covid-19 y en cuanto a la utilización de mascarilla, se especifica que es obligatorio cuando se visiten establecimientos cerrados.
No será requerida en espacios al aire libre para personas completamente vacunadas y se recomienda a los no vacunados que la utilicen al aire libre.
En sitios cerrados que no se atienda público, los inmunizados no tendrán que utilizar mascarillas si todas las demás dentro del lugar también están inoculadas.
Las actividades sociales pueden realizarse con una ocupación máxima de la capacidad total del lugar de 75 por ciento.
Además, se permiten los desfiles, procesiones, ferias, fiestas patronales, festivales y actividades análogas, sujetos a los protocolos que emita el Ministerio de Salud.
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