El magistrado Espinosa precisó que el mismo día se comunicará al Congreso de la República el resultado y adelantó que la apelación al TC cumple con los requisitos formales, lo cual confirmó en su calidad de ponente, es decir encargado de elaborar el dictamen para su aprobación por el pleno.
Como ponente, su tarea no es elaborar un dictamen sobre el fondo sino ‘revisar que la demanda no tenga defecto de forma, mañana lo llevo a mis colegas y de inmediato se comunica al Parlamento que ha sido denunciado’.
Tras la notificación, el Congreso tendrá un plazo de 30 días hábiles para contestar al TC y opinó que es mucho tiempo de espera fijado por ley, teniendo en cuenta la importancia del tema y sus implicaciones políticas y sociales y pidió al Parlamento una respuesta lo más pronto posible’.
Para las bancadas parlamentarias progresistas y las organizaciones sociales, la citada ley recientemente aprobada deja las manos libres al Congreso, de mayoría opositora, para obstruir la labor del Ejecutivo, con acciones como la censura (destitución) a ministros de Estado.
Hasta la nueva norma, el Ejecutivo podía emplazar al Parlamento a otorgar su confianza, casi por cualquier motivo, usando una facultad constitucional, según la cual si esa confianza fuera negada dos veces, aunque fuera tácitamente, el presidente de la República podrá disolver el Parlamento y convocar nuevos comicios legislativos.
Con la ley impugnada, el Gobierno solo puede pedir la confianza en defensa de sus políticas generales y no en defensa de los ministros y solo valida la negación de la confianza cuando el Legislativo lo exprese en forma explícita.
El juez Espinosa no se pronunció sobre el fondo de la demanda pero recordó que el TC dictaminó anteriormente que el Ejecutivo, según la constitución, puede pedir la confianza ante cualquier circunstancia.
También negó validez a comentarios de legisladores derechistas que niegan que el TC tenga facultad para interpretar la constitución o cuestionar decisiones de otros poderes del Estado y explicó que esas son precisamente facultades de la corte.
La apelación gubernamental cuestiona la nueva ley por recortar las facultades presidenciales y alterar con ello el equilibro de poderes y modifica la constitución sin el procedimiento de la reforma constitucional, sino con una ley ordinaria, lo cual es contrario a la legalidad.
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