La Resolución 423 de 2021, del Ministerio del Ambientes y Desarrollo Sostenible (Mades), dispuso que el periodo de veda se extenderá hasta el 15 de diciembre en el caso de las aguas compartidas con Argentina, y hasta el 31 de enero de 2022 con las de Brasil.
En este plazo no se podrá pescar en aguas compartidas por estos países que comprenden los ríos Paraná, Paraguay, Apa y Pilcomayo, según publicó la Agencia de Información Paraguaya.
Las fechas designadas fueron definidas teniendo en cuenta los intereses de aspecto biológico, social y ambiental.
El Mades anunció estrictos controles, verificaciones y fiscalizaciones en rutas, comercios, transportes y fluviales para hacer cumplir efectivamente las normativas ambientales que, de violarse, podría implicar la imposición de multas y sanciones penales a los infractores.
La resolución exceptúa la pesca de subsistencia, la cual podrá realizarse con anzuelos, liñada o caña, y solo deberá ser practicada desde las riberas y por los ribereños.
Estos deberán portar su licencia de pesca comercial, quedando prohibido el uso de de todo tipo de embarcaciones para actividades pesqueras; además, los productos de esta pesca no podrán ser comercializados.
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