En declaraciones a Prensa Latina, la doctora en Ciencias Sociológicas Niuva Ávila señaló que esta resulta una propuesta a la altura de las leyes internacionales y en coherencia con la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989, tratado más ratificado de la historia.
También la normativa, en consulta popular en la isla desde febrero y hasta abril, está en sintonía con los Objetivos de Desarrollo del Milenio, que tributan a la igualdad de género, protección a los niños y salud infantil, comentó.
“Por eso Cuba podría estar a la vanguardia en el mundo con una normativa que contempla problemáticas que nos afectan a todos como sociedad y en función de las características de las familias y los cambios que experimentó”, aseveró.
¿QUÉ TRAE DE NUEVO EL PROYECTO DE CÓDIGO?
El Código de la Familia vigente data de 1975 y regula jurídicamente el matrimonio, divorcio, las relaciones paterno-filiales, obligación de dar alimentos, adopción y tutela, en tanto establece principios básicos como el derecho a la educación, cuidado y la salud.
A juicio de la profesora de la Universidad de Habana, si bien la propuesta de ley contempla todas estas cuestiones, va más allá porque ayuda a visualizar los distintos ciclos vitales dentro de la infancia e incluye garantías para la corresponsabilidad en la atención y la posibilidad de que los niños participen en los temas que les conciernen.
Entre las novedades del proyecto está la protección de los entornos digitales, pues muchas veces los menores quedan expuestos a las redes y puede ser perjudicial, no solo por el uso prolongado de las tecnologías, sino también por los contenidos inadecuados para sus edades, precisó la experta.
También el esbozo de norma jurídica sustituye la denominación de “patria potestad” por el de “corresponsabilidad parental”, lo cual implica que madres y padres tienen igual nivel de funciones, deberes, derechos y obligaciones en la crianza y educación de sus hijos.
Al decir de la especialista en temas de familia, hay una máxima en las agendas internacionales de que cuando el cuidado del niño se comparte, como tendencia debe tener más calidad.
“En Cuba, donde hay una sobrecarga de las mujeres por las tareas del hogar, la búsqueda de ingresos y alimentos, ocurre muchas veces que la función educativa y de crianza pierde valor o no es cumplida de la manera esperada, por ello es importante un cuidado que involucre a ambos padres u otras figuras responsables del menor”, aseveró.
Si de cambios se trata, salta a la vista la eliminación del matrimonio infantil, al establecer el nuevo texto que solo podrán contraer nupcias los mayores de 18 años, cuando el Código vigente lo reconoce en condiciones excepcionales a partir de los 14.
De acuerdo con Ávila, ello ayudaría en la prevención del embarazo adolescente, el abandono de los estudios y que las muchachas pierdan su vida social, tras dedicarse completamente a la casa y los hijos.
Otra modificación entre ambos documentos resulta que el vigente, a la hora de un divorcio, recomendaba la permanencia de los niños con sus madres, mientras el proyecto habla de una guarda y cuidado compartida, en favor de evitar esa sobrecarga de funciones y permitir al menor estar con sus referentes de afecto.
De igual forma, en la propuesta de Código aparece la figura del mediador familiar, quien contribuye a que, cuando haya un conflicto, sea el infante el punto de atención y siempre se piense en su bien superior, una ganancia más del cuerpo legal en opinión de la entrevistada.
“La normativa en discusión sitúa al niño no como objeto, sino como un sujeto de derechos, con necesidades, deberes y voz propia en las decisiones relacionadas con su bienestar, en función de su desarrollo como individuo”, especificó.
En este sentido, el texto plantea el concepto de “autonomía progresiva”, es decir, a medida que el niño asuma madurez, responsabilidad, y según la fuente, eso no implica que los progenitores pierdan autoridad ni que los hijos actúen según su voluntad.
Al decir de la entrevistada, ese principio también ayuda a la construcción de una cultura del diálogo, en la cual fluya la comunicación entre los progenitores y sus descendientes, para eliminar los modelos de cuidado autoritarios y establecer vínculos más democráticos.
Relacionado con dicho aspecto viene la protección desde la propuesta de Código de los menores que en su familia viven situaciones de violencia, teniendo en cuenta la recurrencia a los castigos físicos en las culturas latinoamericanas, realidad a la cual no escapa Cuba.
El marco regulatorio reconoce que tales agresiones existen y deben ser penadas, pero la experta insistió en que “para nada ello plantea que los niños van a ser propiedad del Estado, pues simplemente servirá como mediador y defensor de quienes tengan minimizados sus derechos”.
“En 1975 Cuba aprobó un Código que respondía a la sociedad de entonces y fue muy revolucionario para América Latina; más de cuatro décadas después, el contexto ha cambiado completamente, y también las familias; por ello necesitamos una nueva ley”, aseveró Ávila.
Para ella, los conceptos de bienestar superior del niño, autonomía progresiva y corresponsabilidad parental “abren un espacio hacia las futuras relaciones intergeneracionales, para que sean más democráticas, afectivas, desde el respeto, y esa es la sociedad a la cual el país debería aspirar”.
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