Hasta ahora, la temperatura mínima recomendada para las oficinas era de 20 grados centígrados.
A partir de la nueva medida, las zonas de paso, como pasillos, vestíbulos o los cuartos de máquinas, no deberán calentarse. Estos y otros requisitos serán aplicados durante seis meses.
Además, se prohíbe la iluminación de edificios y monumentos por razones puramente estéticas o de imagen corporativa. Las instalaciones publicitarias iluminadas también deberán apagarse durante la noche.
Los particulares también sufrirán restricciones, ya que no podrán calentar sus piscinas con gas y electricidad. Se suspenderán temporalmente las normas de los contratos de alquiler que establecen una determinada temperatura mínima.
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