Abanderado del Partido de los Trabajadores, el expresidente Luiz Inácio Lula da Silva ganó la primera vuelta del 2 de octubre, con un 48,43 por ciento de los votos, frente a Bolsonaro, quien ambiciona reelegirse por el Partido Liberal y alcanzó un 43,20.
En su página oficial, la CUT advierte que, después de la definición de la segunda ronda entre los dos candidatos, el exmilitar y el expresidente Luiz Inácio Lula da Silva, «aumentaron las denuncias en redes sociales de los patrones tratando de forzar a los trabajadores a votar por Bolsonaro», con amenazas de despido.
Por eso, la entidad sindical, en su papel fundamental de prestar asistencia a los trabajadores, puso a disposición en su portal (www.cut.org.br) un espacio dedicado a esas demandas. El obrero que tenga miedo de represalias puede hacer una denuncia anónima.
Explica que tal posibilidad de resguardarse «permite que más casos salgan a la luz y, entonces, se pueda accionar autoridades para medidas legales».
La CUT y las demás centrales van a remitir los expedientes al Ministerio Público del Trabajo y también llevar esas denuncias a la Organización Internacional del Trabajo (OIT), apuntando el acoso electoral como práctica antisindical de las empresas.
«Todas esas prácticas criminales de patrones deben ser combatidas, deben ser denunciadas y castigadas, para que los trabajadores puedan tener garantizada su plena libertad de voto, de ejercer la democracia, eligiendo al candidato de acuerdo con sus principios», afirmó Roni Barbosa, secretario de Comunicación de la CUT.
El sitio apunta que «no es obligatorio proporcionar datos como nombre, teléfono. Hay, inclusive, un campo para que el trabajador marque la opción de denuncia anónima, este sí, un campo obligatorio para que se mantenga en el anonimato».
Obligatorios son los campos en que se debe denunciar la empresa, nombre, dirección, ciudad y estado, y lo más importante, el campo en el que se hará la descripción de la situación.
Patrones que amenazan con despedir a los que no voten por un candidato cometen delito electivo, previsto en la Constitución Federal de 1988, refiere la CUT.
La legislación prevé pena de hasta cuatro años de reclusión y pago de multa para quien «use violencia o grave amenaza para coaccionar a alguien a votar, o no votar, en determinado candidato o partido».
Ninguno de los aspirantes al poder logró en ese primer pleito la mayoría absoluta de votos, es decir, más de la mitad de válidos (excluidos blancos y nulos), como establece el código brasileño para ser electo.
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