“Se ha tenido una acto negligente y deliberado del imputado, el mismo ostenta tener más de cuatro abogados, ninguno se presentó a la audiencia, generando de esa forma una causal de suspensión”, aseguró ante la prensa el fiscal Osvaldo Tejerina.
Sánchez comparece ante un tribunal de Santa Cruz imputado por los delitos de asociación delictuosa, instigación pública a delinquir, robo agravado e incendio, entre otros.
Esos hechos ocurrieron la noche del 3 de enero de este año en la clínica dental Orest, en ese departamento, propiedad del gobernador de Beni, Alejandro Unzueta.
La unidad odontológica fue incendiada y sufrió daños materiales durante las violentas protestas desatadas por la aprehensión en diciembre del año pasado del ahora encarcelado gobernador cruceño, Luis Fernando Camacho, investigado en el caso Golpe de Estado I.
Este último proceso aborda el complot que desembocó en la renuncia del expresidente Evo Morales en noviembre de 2019, impuso un gobierno de facto con Jeanine Áñez a la cabeza y dio lugar a masacres con saldo de 38 muertes, miles de heridos, detenidos y torturados ilegalmente.
Según testigos, en la clínica Orest una tropa de choque vinculada a Sánchez quebró los vidrios de la entrada en medio de las protestas en la capital cruceña, robó bienes e incendió el lugar.
La suspensión de este miércoles se une a las cinco audiencias cautelares postergadas desde marzo contra Camacho, en el caso Decretazo, en el cual el fiscal exige 180 días de arresto cautelar en la prisión de Chonchocoro.
Sobre este último expediente, el asambleísta departamental Dilfe Rentería exigió que no se demore más esa vista en la cual Camacho concurre en la condición de acusado de resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes, así como de irregularidades informáticas.
La investigación fue activada por la Fiscalía en marzo de 2023 por una denuncia que data desde marzo de 2022, en la que los asambleístas del Movimiento al Socialismo acusaron a Camacho por presuntas irregularidades cuando viajó al Brasil.
Esa denuncia advierte que el gobernador cruceño delegó sus funciones, mediante el decreto 373, en el secretario de Gestión Institucional, Miguel Navarro, y no en el vicegobernador, Mario Aguilera, como establece el Estatuto territorial.
Tal normativa, criticada por irregular, fue publicada y luego en medio de un escándalo eliminada de la Gaceta Departamental Oficial.
Según el Estatuto Autonómico en su artículo 25, “ante la ausencia temporal de la Gobernadora o el Gobernador se produce la suplencia gubernamental, asumiendo la Vicegobernadora o el Vicegobernador las funciones de Gobernadora o de Gobernador”.
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