Recientemente la organización Unión Nacional Opositora (UNO) solicitó al Tribunal Supremo Electoral (TSE) que rechazara y desestimara la inscripción de la fórmula presidencial que encabeza Nayib Bukele pese a que aun este no presentó su aspiración, algo que solo ocurrirá después de proclamarse la apertura de la campaña electoral el día 6 de ese mes.
El TSE se pronunció la semana que concluye y dijo que no se puede manifestar sin que un candidato se presente de manera oficial.
Tras comunicar su aspiración el 15 de septiembre de 2022 y ser avalada por el Partido Nuevas Ideas en sus comicios internos, al mandatario todavía le queda tiempo para inscribirse.
La impugnación solo será posible en el momento que sea presentada la solicitud que es cuando “debe verificarse el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales”, según los magistrados.
Se da por descontado que los intentos de buscar deslegitimar al mandatario fracasarán, pues la Sala de lo Constitucional, nombrada el 1 de mayo de 2021, reinterpretó el concepto de alternabilidad presidencial y avaló la reelección en período inmediato, algo que se considera de obligado cumplimiento.
El TSE aclaró que actuará si hay un demanda dentro del plazo de 24 horas a partir de la publicación de inscripción de la candidatura y si alguno de los partidos con fórmula presidencial (seis) solicita la nulidad.
El caso que seguro levantará más ronchas será el de Bukele, mientras los otros que aspiran a cargos legislativos y del Parlacen llegarán sin penas ni glorias a las elecciones del 4 de febrero y 3 de marzo de 2024, de acuerdo al calendario basado en los plazos del Código Electoral y Ley de Partidos Políticos.
El Código salvadoreño establece que las candidaturas a Presidente y Vicepresidente se inscriben un día después de la convocatoria a los comicios, la cual realizará el TSE el 6 de septiembre a través de una cadena nacional.
Los candidatos a titular y a diputados a la Asamblea Legislativa tienen del 7 de ese mes al 26 de octubre para anotarse, mientras los del Parlacen pueden hacerlo hasta el 23 de noviembre.
Las resoluciones sobre las solicitudes de inscripción de candidaturas presidenciales y legislativas deberán emitirse del 8 de septiembre al 31 de octubre, plazo en que el TSE deberá deliberar sobre la petición de Bukele para buscar la reelección inmediata.
Pueden darse controversias pues para aceptar las propuestas, el TSE y las Juntas Electorales Departamentales deben asegurar que se cumplan con los requisitos de ley establecidos en el Código y la Constitución de la República.
Ahí, entre muchos requisitos, los aspirantes deberán declarar bajo juramento que no están comprendidos “en las inhabilidades establecidas en el artículo 152 de la Constitución”.
Esa norma establece en su inciso primero que no puede optar a la jefatura de Estado quien se haya desempeñado como presidente de la República por más de seis meses, consecutivos o no, durante el período inmediato anterior, o dentro del último semestre anterior al inicio del mandato.
Ahí está el meollo del asunto pese a que la Sala de lo Constitucional ya emitió un fallo que favorece la reelección de Bukele.
En última instancia, será el pueblo en las urnas quien dirá la última palabra, algo que, pese a penurias económicas, parece favorecerá al mandatario por lo mucho que aportó el avance en materia de seguridad al encumbramiento de su figura entre sus compatriotas.
gas/lb