En la ocasión fueron abordados asuntos relativos a la enmienda de la ley de ciencia y técnica, la de invención, la de control de calidad, etc. y aprobados los decretos correspondientes.
La primera detalla temas relacionados con el desarrollo científico-técnico del país, la misión del órgano de examen e introducción de ciencias y tecnologías.
Por su parte, la ley de invención añade nuevos párrafos a sus artículos como el principio de petición y deliberación del título y patente de invención, la solicitud de éstos en nombre de la institución, empresa, entidad e inventor, el derecho del propietario.
La última estipula los problemas para intensificar el control de calidad, entre otros, las exigencias principales para la revisión y control de productos y la expedición de la nota de aviso del control y del certificado de calidad.
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