“De un análisis sosegado del esquema instituido por la Asamblea Legislativa para regular la práctica de la medicina, surge con meridiana claridad que la Junta de Licenciamiento y Disciplina Médica es el único organismo rector de la profesión médica en Puerto Rico”, afirmó en su opinión el juez asociado Edgardo Rivera García.
Sostuvo que es mediante el buen ejercicio de esas funciones delegadas a la Junta de Licenciamiento y Disciplina Médica que el Estado afianza su interés apremiante, por lo que “la colegiación obligatoria no es necesaria para lograr este objetivo”.
La opinión sostiene que obligar a los médicos a colegiarse constituye un menoscabo de su derecho fundamental a asociarse con quien deseen, además de que el Colegio de Médicos no tiene injerencia en la reglamentación de la profesión médica en Puerto Rico.
“La colegiación compulsoria de los médicos cirujanos opera entonces como un requisito estatutario sin fin apreciable que lo justifique”, recalca el juez Rivera García.
La jueza presidenta Maite Oronoz Rodríguez y el juez asociado Ángel Colón Pérez emitieron opiniones disidentes.
Este caso se originó con el galeno Héctor Luis Delucca Jiménez al asegurar que la coligación obligatoria “no es necesaria” ante un interés apremiante del Estado en regular el ejercicio de la medicina para resguardar la salud pública.
El Colegio de Médicos Cirujanos de Puerto Rico se estableció a mediados de la década de 1990, durante el primer mandato del gobernador Pedro Rosselló, quien la impulsó.
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