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Requisitos de postulantes a magistrados resaltan en Bolivia

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La Paz, 12 feb (Prensa Latina) A la espera de que la Asamblea Legislativa Plurinacional apruebe por dos tercios la convocatoria para las inscripciones de postulantes a magistrados, los bolivianos pasan revista hoy a los 15 requisitos que estos deberán cumplir.

En la calma del primero de dos días feriados con motivo del carnaval, la población de Bolivia revisa este lunes las condiciones necesarias establecidas por la Ley 1549 Transitoria para las Elecciones Judiciales 2024, de las que saldrán los ocupantes de los altos cargos del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP).

La Constitución Política del Estado establece un grupo de requisitos comunes para los aspirantes a candidatos al TCP, el Supremo de Justicia, el Agroambiental y el Consejo de la Magistratura, de los cuales el primero es contar con la nacionalidad boliviana.

Otros son haber cumplido con los deberes militares (solo varones), no tener pliego de cargo ejecutoriado pendiente de cumplimiento, además de no tener sentencia condenatoria ejecutoriada pendiente de cumplimiento en materia penal.

Igualmente, no contar con antecedentes de violencia ejercida contra una mujer o cualquier miembro de su familia, no tener sentencia ejecutoriada con calidad de cosa juzgada y estar inscrita o inscrito en el Padrón Electoral.

Asimismo, deberán hablar al menos dos idiomas oficiales del país; no incurrir en los casos de prohibición o incompatibilidad establecidos en los Artículos 236, 238 y 239 de la Constitución y no postularse al mismo cargo en el que haya sido electo antes.

Los postulantes al TCP deberán ser mayores de 35 años, no tener militancia en alguna organización política al momento de su postulación; tener título profesional a nivel de licenciatura en derecho con un mínimo de ocho años a partir de la emisión oficial de ese documento.

También contarán con experiencia de al menos ocho años en el desempeño de funciones en instituciones públicas, privadas o en el ejercicio libre de la profesión, relacionadas al área de Derecho Constitucional, Administrativo o Derechos Humanos.

Otro requisito es tener formación profesional especializada en las disciplinas de Derecho Constitucional, Administrativo o Derechos Humanos, de conformidad con el artículo 199 de la Constitución Política del Estado y no contar con sanción de destitución del Consejo de la Magistratura.

Los aspirantes al Supremo de Justicia, en tanto, deben contar con un mínimo de treinta años al momento de postulación; no tener militancia en alguna organización política y presentar título profesional a nivel de licenciatura en derecho, por un mínimo de ocho años a partir de su provisión oficial.

De la misma forma, deberán contar con experiencia profesional de al menos ocho años en el desempeño de funciones judiciales, profesión de abogado o docencia universitaria a partir del título en provisión nacional.

mem/jpm

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