En una actividad organizada por la Coordinadora Nacional de Solidaridad con Cuba-Costa Rica (CNSC-CR) para profundizar en esta nueva norma cubana y su paralelismo con el Código de Familia de esta nación centroamericana, Rodríguez resaltó que el texto de su país tiene un sello cubano y fue aprobado el 25 de septiembre pasado, mediante referendo.
Asimismo, pone mayor énfasis en el afecto que en los rasgos consanguíneos, por lo tanto considera al afecto como el eje central de las relaciones familiares en Cuba, apuntó Rodríguez en acto efectuado en el Salón José Martí de la sede diplomática cubana en este país.
El abogado cubano indicó que otros aspectos importantes son que subraya la igualdad y la no discriminación por cualquier motivo; y reconoce el matrimonio igualitario y todos los derechos derivados de ese acto.
Tal vez entre los rasgos distintivos está el cambio del concepto de patria potestad por el de responsabilidad parental, apegado siempre a la autonomía progresiva de los menores.
Por su parte, Laura Contreras, licenciada en derecho de la familia costarricense, recordó que el Código de Familia de Costa Rica se aprobó el 5 de septiembre de 1974, y los avances más recientes incorporados a ese texto son la fecundación in vitro, el matrimonio igualitario y disminuir de tres a dos años el reconocimiento de la unión de hecho.
Refirió que los dos primeros fueron alcanzados tras larga lucha, y gracias a fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que obligaron al Estado costarricense a incluirlos.
Mencionó la fuerte oposición a estos novedosos asuntos por parte de la iglesia y otros sectores de la sociedad tica.
Adelantó que el nuevo Código de Familia costarricense estaba previsto para aprobarse en 2019, pero por decisión de los diputados fue diferido para 2024.
De su lado, Margarita Loria, de la CNSC-CR, quien actuó como moderadora, aseguró que el nuevo Código de las Familias de Cuba constituye un hito muy importante pues resulta un texto robusto, progresista, que prioriza el afecto, el cuido y la solidaridad, principios que deben prevalecer en toda sociedad y en particular en el núcleo familiar.
Los abogados respondieron interrogantes de los participantes, entre ellas relacionadas cómo está reflejada la igualdad de género, y la división patrimonial en el caso de divorcio en matrimonios entre personas de igual sexo, así como sobre la preminencia de la guarda y cuidado de los hijos tras la disolución de la unión matrimonial.
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