Un grupo de trabajo perteneciente al Consejo Legislativo, órgano asesor del Ministerio de Justicia, presentó un borrador con las recomendaciones, reseñó la prensa nacional.
El texto propone castigos de más de cinco años de prisión para las personas que tengan relaciones sexuales con un niño por debajo del nuevo límite propuesto, excepto si se trata de otro menor con la misma edad o cercano al rango.
Los expertos promueven además integrar los delitos de relaciones sexuales forzosas y cuasi forzosas en las disposiciones legales, así como incluir entre las violaciones al estatuto aquellos actos en los que no se utiliza la “agresión o amenaza”
A propósito, la nueva ley castigaría los actos sexuales que se hacen “difíciles de rechazar” teniendo en cuenta ocho razones específicas, entre las cuales figuran causar miedo debido a circunstancias inesperadas, preocupación por las desventajas debidas a las diferencias de estatus económico o social, control psicológico e influencia de sustancias tóxicas.
También pretende establecer como nuevos delitos el voyeurismo (comportamiento sexual que consiste en buscar placer en la observación de otras personas en situaciones eróticas), regulado hasta ahora por ordenanzas municipales, y el grooming (ciberacoso sexual cometido por adultos a niños o adolescentes para luego abusar de ellos o incluirlos en redes de pornografía).
El objetivo de la propuesta es actualizar el Código Penal según las nuevas realidades asociadas a los delitos sexuales y en respuesta a solicitudes realizadas por las víctimas. La última revisión de este tipo tuvo lugar en 2017 tras 110 años de invariabilidad, destacó el sitio digital del periódico Sankei.
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