“Este es el momento en que el fiscal William Alávez y su equipo tienen que posicionar por conexitud todos los procesos y denuncias que cargan responsabilidad contra el señor Luis Fernando Camacho”, declaró a la prensa el abogado Aldo Michel, representante del Comité Impulsor de la Justicia (CIJ).
Agregó que entre esas causas resaltan el proceso denominado Golpe de Estado I por la violencia aplicada en la represión contra quienes protestaban contra el derrocamiento del Gobierno del expresidente Evo Morales y la conspiración con policías y militares.
Michel enumeró también los actos de discriminación y racismo cometidos en Santa Cruz en septiembre del pasado año, el paro con bloqueos de 36 días que recientemente provocó al país un daño económico superior a los mil 200 millones de dólares, muertes y diversas violaciones de los derechos humanos.
Advirtió que los integrantes del CIJ y los cientos de paceños que se les unen estarán en las calles vigilantes para evitar que nuevamente la impunidad se posesione.
El canal Bolivia TV transmitió imágenes del traslado desde el aeropuerto de El Alto hasta la sede de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen en La Paz del gobernador aprehendido, y mostró imágenes del chequeo médico que le realizaban.
La Fiscalía General, en tanto, aclaró este miércoles en un comunicado que Camacho fue aprehendido en el marco de una orden emitida por la Fiscalía Departamental de La Paz y descartó que se trate de un secuestro, como denunciaron sectores de la oposición.
“(…) Por el contrario, fue emitida (la orden de aprehensión) en octubre de la presente gestión y cuenta con control jurisdiccional del Juez Décimo de Instrucción en lo Penal del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz”, explica el documento entregado a la prensa.
Informó el Ministerio Público que “Camacho tiene pleno conocimiento de dicho proceso desde su inicio, en fecha 28 de noviembre de 2020, conforme dispone el ordenamiento jurídico boliviano”, en referencia al expediente Golpe de Estado I, en el cual se investiga al principal impulsor del derrocamiento del Gobierno de Morales por su confabulación con policías y militares para llevar a cabo ese acto anticonstitucional.
Insiste el escrito en que, dentro de lo establecido en un debido proceso, las actuaciones cumplidas por la Policía Boliviana y el Ministerio Público se ajustan a lo previsto por el Artículo 226 de la Ley Número 1970.
Concluye que, en todo momento, se respetaron los derechos y garantías constitucionales del sujeto procesado, así como las normas procesales aplicables al caso.
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