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Fuertes condenas contra incendiarios de tribunal en Bolivia

La Paz, 14 jun (Prensa Latina) A 10 años de cárcel fueron condenados en Bolivia cuatro de los ocho acusados por la destrucción y quema de instalaciones del tribunal Electoral Departamental (TED) de Pando durante el golpe de estado de 2019.

El juez en suplencia legal del Juzgado de Sentencia Primero de la capital pandina, Cobija, emitió esa sentencia, que también establece el pago de costos del proceso, daños y perjuicios emergentes averiguables durante la ejecución penal, afirmó el vocal Moisés Díaz.

Agregó el portal Fuente Directa que el veredicto fue dictado el 7 de junio y será leído íntegramente el lunes 19 de junio en una vista programada para las 08:30 hora de Bolivia.

Los ocho imputados fueron procesados por los delitos de robo agravado, destrucción y deterioro de bienes del Estado y asociación delictuosa.

De acuerdo con las fuentes, dos se acogieron al procedimiento abreviado y aceptaron su culpabilidad, otro dúo fue declarado rebelde y cuatro recibieron sentencia condenatoria que deberán cumplir en la cárcel pública de Villa Busch.

La destrucción y quema del TED de Pando ocurrió la noche del 21 de octubre de 2019, después que el entonces candidato presidencial de la alianza Comunidad Ciudadana, Carlos Mesa, convocó a vigilias en los tribunales electorales departamentales para “cuidar el voto” ante los resultados que anunciaban su derrota frente al exmandatario Evo Morales.

En ese contexto, la noche del 21 de octubre un grupo de choque llegó hasta el frontis del TED de Pando con palos, piedras, petardos y otros objetos contundentes para protestar por los resultados de los comicios generales.

La turba asumió una actitud agresiva y forzó la entrada a las instalaciones del TED, donde causó destrozos al inmueble y destruyó equipos de computación.

Situaciones similares protagonizaron los grupos violentos que de las supuestas vigilias pasaron a los asaltos y quemas de varias entidades del Órgano Electoral en el resto del país andino-amazónico.

Consideró el vocal Díaz este miércoles que la sentencia constituye un precedente y una oportunidad para trabajar en la prevención de delitos electorales.

Quemar o destruir ánforas, actas electorales y en definitiva obstaculizar cualquier proceso comicial de ninguna manera se puede considerar un derecho ciudadano, sino un delito que conlleva responsabilidad penal, insistió.

Tras la lectura de la sentencia íntegra, los acusados podrán apelar el fallo e incluso invocar un recurso de casación, se informó.

La fuente recordó que respecto a ilícitas similares ocurridas en las Elecciones Subnacionales de 2021 en los municipios pandinos de Santa Rosa, el Sena y Nueva Esperanza, todavía quedan procesos penales en curso.

jha/jpm

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