El código que firmó ayer el presidente del país, Laurentino Cortizo, deberá esperar para su aplicación la correspondiente reglamentación del Ejecutivo y el levantamiento del estado de emergencia sanitaria por la Covid-19.
La prerrogativa paterna se aplicará cuando la mujer embarazada no cuente con un trabajo formal, y el padre no podrá ser despedido de su empleo público o privado por los meses que dure la gestación y luego del parto, por el término de un año, salvo en casos especiales previstos en la ley.
También el texto incluye que si la madre fallece durante el parto o en los días o meses siguientes, el cónyuge que cuente con empleo público o privado gozará de fuero de paternidad hasta cumplirse el término de un año a partir del alumbramiento y además tendrá derecho a 15 días hábiles de vacaciones anticipadas.
Para disfrutar ese beneficio, el padre deberá presentar el certificado de embarazo y copia de cédula de la madre, evidencia de la Caja de Seguro Social de que la progenitora no cuenta con un trabajo formal y la partida de nacimiento del niño que acredita la paternidad.
La Ley reconoció que su contenido apoya la igualdad de género, porque toma en cuenta los derechos de ambos padres en el cuidado del recién nacido, como lo concibe el artículo 59 de la Constitución: ‘La patria potestad es el conjunto de deberes y derechos que tienen los padres en relación con los hijos’.
La maternidad no debe ser asumida como individual, en donde la mujer es la única partícipe, sino un hecho ligado al desarrollo de las sociedades, porque la concepción debe dar inicio a una generación de políticas que protejan y procuren un desarrollo óptimo de la familia y del niño, aseguró el texto.
La iniciativa presentada por el diputado oficialista Daniel Ramos, se basó también en otro artículo de la carta magna, el cual señala que ‘el Estado protegerá la salud física, mental y moral de los menores y garantizará el derecho de éstos a la alimentación, la salud, la educación y la seguridad y previsión sociales’.
Una legislación aprobada en 2017 concedió al padre trabajador de empresas privadas y del sector público, una licencia remunerada de tres días a partir del nacimiento del hijo, con el objetivo de fortalecer las relaciones del núcleo familiar, aunque desde entonces fue considerada insuficiente.
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