- Publicado noviembre 21, 2022
- 00:14
La Habana, 21 nov (Prensa Latina) La Constitución de Cuba, en su artículo 186, refrenda la conformación de la Asamblea Municipal del Poder Popular con delegados seleccionados en cada circunscripción, mediante el voto libre, igual, directo y secreto de los electores.
















